¿Tienes pensado acampar en Cantabria? Revisa antes la normativa por que ¡¡Ha Cambiado!!

REDACCIÓN/jm
Santander, 04.04.2025 - La Ley de Cantabria 2/2025, de 2 de abril, de Simplificación Administrativa de Cantabria ha introducido algunos cambios importantes en la normativa de educación en el tiempo libre y de campamentos y acampadas juveniles en Cantabria

  • Se modifica el artículo 16 de la Ley 4/2010, de 6 de julio, de educación en el tiempo libre, reduciendo la autorización a las actividades que conlleven un riesgo para la seguridad de los participantes.

  • La Disposición final sexta, en su apartado 2, establece que desde la entrada en vigor de la ley las autorizaciones para la realización de campamentos, acampadas estables o itinerantes exigidas en el Decreto 23/1986, de 2 de mayo, por el que se regulan los Campamentos y Acampadas Juveniles en el Territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria se sustituyen por declaraciones responsables, que habrán de presentarse exclusivamente ante la Dirección General competente en materia de juventud.


Por tanto, a partir del sábado 8 de abril las acampadas y campamentos juveniles no están sujetas a autorización, y los promotores de las actividades deberán presentar declaración responsable ante la Dirección General competente en juventud, salvo que las actividades conlleven un riesgo para la seguridad de los participantes, en cuyo caso deben seguir presentando solicitud de autorización.

Estas modificaciones entrarán en vigor a partir del sábado 5 de abril.


¿Qué es una declaración responsable?

La Ley 5/2018, de 22 de noviembre], de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, define la declaración responsable como el documento suscrito por un interesado en el que éste manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para obtener el reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio.

¿Puedo realizar una actividad sólo con la declaración responsable?

Según la normativa vigente con la modificación efectuada por la Ley de Cantabria de Simplificación Administrativa sí, siempre y cuando se realice en tiempo y forma.

¿Puede la Dirección General competente en juventud requerir documentación?

Según la Ley 5/2018, las declaraciones responsables permitirán el reconocimiento o ejercicio de un derecho o bien el inicio de una actividad desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tengan atribuidas las Administraciones Públicas.

La presentación de la declaración responsable faculta a la Administración Pública para comprobar, en cualquier momento, la veracidad de todos los documentos, datos y cumplimiento de los requisitos por cualquier medio admitido en Derecho.

¿Qué ocurre si la Dirección General competente en juventud comprueba la declaración responsable y no se atiende el requerimiento en tiempo y forma?

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a una declaración responsable o la no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable o de la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

Asimismo, la resolución de la Administración Pública que declare tales circunstancias podrá determinar la obligación del interesado de restituir la situación jurídica al momento previo al reconocimiento o al ejercicio del derecho o al inicio de la actividad correspondiente, así como la imposibilidad de instar un nuevo procedimiento con el mismo objeto durante un período de tiempo determinado por la ley.

¿Cambian los requisitos para realizar una acampada o un campamento juvenil en Cantabria?

NO. Lo único que cambia es el procedimiento, que se iniciará con declaración responsable, salvo que la actividad conlleve un riesgo para la seguridad de los participantes, en cuyo caso habrá que solicitar autorización.

Los requisitos para la realización de la actividad no cambian, y la Dirección General competente en juventud puede requerir su acreditación en cualquier momento.

En este enlace puedes consultar los requisitos y descargar los formularios.