- Convocatoria Asociaciones Juveniles
- Extracto de la Resolución Subvención Asociaciones
- Subvención Asociaciones Anexo I
- Subvención Asociaciones Anexo II
- Subvención Asociaciones Anexo III
- Subvención Asociaciones Anexo IV
- Subvención Asociaciones Anexo IX
- Subvención Asociaciones Anexo V
- Subvención Asociaciones Anexo VI
- Subvención Asociaciones Anexo VII
- Subvención Asociaciones Anexo VIII
- Subvención Asociaciones Anexo X
Subvención para el fomento de la actividad y funcionamiento de Asociaciones Juveniles en Cantabria 2026
Por la resolución de 19 de junio de 2026, se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas al fomento del funcionamiento y actividad de asociaciones juveniles, entidades prestadoras de servicios a la juventud y partidos políticos con sección juvenil y sindicatos con sección juvenil de Cantabria en 2026
25/06/2026 Convocatoria:
En este enlace puedes descargar la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento del funcionamiento y actividad de asociaciones juveniles, entidades prestadoras de servicios a la juventud y partidos políticos con sección juvenil y sindicatos con sección juvenil de Cantabria en 2026 (pdf)
Beneficiarios
1️⃣ Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las asociaciones juveniles, las entidades prestadoras de servicios a la juventud, los partidos políticos con sección juvenil, los sindicatos con sección juvenil y otras asociaciones que tengan reconocidos estatutariamente autonomía funcional, organización y gobierno propio para los asuntos específicamente juveniles, siempre y cuando estén inscritas a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Registro de asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud de Cantabria, regulado por Decreto 19/2002, de 28 de febrero o norma que lo sustituya, dispongan de estructura y financiación que garantice el desarrollo de su actividad, siempre que:
- Hayan presentado la memoria anual de actividades recogida en el Decreto 19/2002 correspondiente al año 2025,
- o bien que hayan presentado proyecto de actividades juveniles en la convocatoria de subvenciones para realización de actividades juveniles por asociaciones juveniles, las entidades prestadoras de servicios a la juventud, los partidos políticos con sección juvenil, los sindicatos con sección juvenil del año 2025.
2️⃣ En ningún caso podrán adquirir la condición de entidades beneficiarias quienes se hallaren en alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de Cantabria el extracto de esta convocatoria.
En el siguiente enlace puedes consultar las Asociaciones Juveniles registradas en Cantabria
