Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de 'Proyectos de Ocio Inclusivo' para jóvenes
Con fecha 20 de junio de 2025 se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la realización de "Proyectos de Ocio Inclusivo" para la población joven de Cantabria
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de actividades de ocio inclusivo llevadas a cabo por entidades sin ánimo de lucro que tengan sede y desarrollen su actividad en la comunidad autónoma de Cantabria.
Se consideran proyectos subvencionables y podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos de ocio inclusivo dirigidos a jóvenes con edades entre los 12 a 30 años, ambas inclusive, siempre y cuando cumplan los requisitos especificados en las bases.
Beneficiarios:
Podrán acogerse a las subvenciones reguladas en las presentes basas las entidades que cumplan, en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Carecer de ánimo de lucro.
b) Tener personalidad jurídica.
c) Estar inscritas en el registro que legalmente proceda.
d) Tener sede y desarrollar su actividad en la comunidad autónoma de Cantabria.
e) Recoger en sus estatutos, como objeto o fin de su actividad, la intervención en el ámbito de la discapacidad o la atención a la dependencia.
En el siguiente enlace se puede descargar las Bases de la Subvención (pdf).
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de actividades de ocio inclusivo llevadas a cabo por entidades sin ánimo de lucro que tengan sede y desarrollen su actividad en la comunidad autónoma de Cantabria.
Se consideran proyectos subvencionables y podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos de ocio inclusivo dirigidos a jóvenes con edades entre los 12 a 30 años, ambas inclusive, siempre y cuando cumplan los requisitos especificados en las bases.
Beneficiarios:
Podrán acogerse a las subvenciones reguladas en las presentes basas las entidades que cumplan, en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Carecer de ánimo de lucro.
b) Tener personalidad jurídica.
c) Estar inscritas en el registro que legalmente proceda.
d) Tener sede y desarrollar su actividad en la comunidad autónoma de Cantabria.
e) Recoger en sus estatutos, como objeto o fin de su actividad, la intervención en el ámbito de la discapacidad o la atención a la dependencia.
En el siguiente enlace se puede descargar las Bases de la Subvención (pdf).