Subvención para la obtención de carnets de conducir 2024

Con fecha 14 de agosto de 2024 se ha publicado en el B.O.C. el extracto de la Resolución de la consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se convocan subvenciones para facilitar a los jóvenes cántabros la obtención del permiso o licencia de conducción

Los jóvenes cántabros de 16 a 30 años ya pueden solicitar la ayuda de hasta 200 euros para sufragar el coste del carné de conducir.

El Gobierno de Cantabria incrementa hasta los 200.000 euros esta subvención, un 66% más, destinada a todos aquellos jóvenes que hayan obtenido el permiso entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de julio de 2024.

El objetivo de esta convocatoria, es alcanzar los 1.000 beneficiarios y mejorar así la empleabilidad de la juventud, que es una de las líneas estratégicas del Gobierno Regional enmarcada en el desarrollo integral de los jóvenes.

Entre quienes cumplan los requisitos, se subvencionará hasta un máximo de 200 euros del importe económico satisfecho para la obtención de la licencia o permiso de conducir.

Requisitos necesarios

Podrán optar a estas ayudas todos aquellos jóvenes, de edades comprendidas entre los 16 y los 30 años, empadronados en Cantabria, que hayan obtenido el permiso de circulación en una autoescuela de la región entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de julio de 2024, ambos incluidos.

Las licencias subvencionables incluyen desde el permiso A para motocicletas hasta el D y la cantidad asignada pretende ayudar a recuperar parte de la inversión que supone para las familias y los jóvenes la obtención del carnet de conducir.

El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación en el BOC (el último día será el viernes 13 de septiembre de 2024).

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

1- ¡IMPORTANTE! Descárgate y lee detalladamente la Resolución de la Convocatoria 2024

2- Descarga y rellena el Anexo de Solicitud.

La presentación de las solicitudes se realizará preferentemente de forma telemática, en el Registro Electrónico General de la sede electrónica del Gobierno de Cantabria. Igualmente, se podrá presentar en cualquiera de las formas a que hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

(*) NO se registrarán solicitudes en la sede de la D.G. de Juventud ( C/Valliciergo, 8 Santander )