Decreto regulador del Consejo de Políticas de Juventud de Cantabria

El decreto establece las normas de organización y funcionamiento del Consejo de Políticas de Juventud de Cantabria.

En este texto se define a este organismo como un ente colegiado encargado de coordinar la cooperación interinstitucional y supervisar el Plan Integral de Juventud en la región.
Se especifican las funciones de sus miembros, incluyendo la Presidencia, Vicepresidencia y Vocalías, así como los mecanismos para su nombramiento y cese.
Además, la normativa regula la estructura operativa del consejo, que puede actuar mediante un pleno o comisiones especializadas por temáticas.
Finalmente, se establecen los protocolos para las convocatorias, la toma de decisiones por mayoría y el deber de confidencialidad de sus integrantes.

¿Qué funciones tiene el Consejo de Políticas de Juventud?

El Consejo de Políticas de Juventud de Cantabria es el órgano colegiado encargado de articular la cooperación y la coordinación interinstitucional en las políticas dirigidas a los jóvenes.

Según el artículo 3 del decreto, sus funciones específicas son las siguientes:

  • Impulsar las políticas de juventud en Cantabria.

  • Fomentar la coordinación entre las distintas instituciones en materia de juventud.

  • Proponer las directrices necesarias para la redacción del Plan Integral de Juventud de Cantabria.

  • Informar sobre el contenido de dicho Plan Integral.

  • Evaluar los resultados derivados de la ejecución del Plan Integral de Juventud de Cantabria.

Para llevar a cabo estas tareas, el Consejo puede actuar tanto en Pleno (formado por todos sus miembros) como a través de comisiones especializadas por temáticas.